Duplicados

El permiso de circulación  y tarjeta de ITV constituyen documentación necesaria de cualquier vehículo para poder circular por las vías de nuestro país.

La tarjeta ITV o ficha técnica es el documento que acredita que el vehículo está homologado para circular por las carreteras de nuestro país. Estas tarjetas son expedidas por las estaciones de ITV, si lo que necesitas es realizar un duplicado de la misma, debes solicitarla en cualquier estación de ITV.

No obstante, si tu vehículo es posterior a mayo de 2016 o tiene la conocida como tarjeta ITV electrónica , se puede gestionar personalmente a través de la DGT, en sus oficinas. 

Existen diferentes motivos por los que deba realizar un duplicado de su tarjeta en nuestras instalaciones. Nuestro formulario está creado para facilitar su tramitación, según el motivo de su solicitud, deberá aportar unos documentos específicos para agilizar su trámite.

  • Extravío
  • Sustracción
  • Deterioro
  • Rehabilitación
  • Cambio de matrícula
  • Subsanación de errores
  • Reforma
  • Canje
  • Remolques y caravanas cuya MMA sea inferior o igual a 750kg

Para poder realizar los tipos de duplicado descritos a continuación, la estación ITV deberá solicitar previamente a los Servicios de Industria correspondientes a la provincia donde se matriculó el vehículo los ANTECEDENTES DE LA FICHA TÉCNICA DEL VEHÍCULO. Hasta que no se reciba y registre con la fecha de recepción este documento no podrá gestionarse la inspección de duplicado.

1. Duplicado por Extravío

La documentación a presentar por el cliente es

  • Denuncia o Declaración de responsabilidad (se puede rellenar en la Estación ITV el modelo).
  • Permiso de circulación o en su defecto: Fotocopia debidamente cotejada del permiso de circulación, Nota simple de antecedentes emitida por la Jefatura Provincial de Tráfico ó Consulta en el Registro de la Jefatura Central de Tráfico (ya explicado).
2. Duplicado por Sustracción

La documentación a presentar por el cliente es:

  • Denuncia de la sustracción de la documentación del vehículo
  • Permiso de circulación o en su defecto: Fotocopia debidamente cotejada del permiso de circulación, Nota simple de antecedentes emitida por la Jefatura Provincial de Tráfico ó Consulta en el Registro de la Jefatura Central de Tráfico (ya explicado).
3. Duplicado por Deterioro

En toda tarjeta de inspección técnica que presente unos deterioros tales que sea ilegible algún dato de la misma, es necesario realizar un duplicado por deterioro de la misma.

La documentación a presentar por el cliente es:

  • Tarjeta ITV deteriorada, que será guardada en el expediente.
  • Permiso de circulación o en su defecto: Fotocopia debidamente cotejada del permiso de circulación, Nota simple de antecedentes emitida por la Jefatura Provincial de Tráfico ó Consulta en el Registro de la Jefatura Central de Tráfico (ya explicado).
4. Duplicado por Rehabilitación

No debe confundirse la baja definitiva del vehículo, que es por la que se tramita el duplicado por rehabilitación, con la baja temporal.

  • Si se acredita la baja temporal del vehículo mediante consulta a través de la aplicación informática ATEX o cualquier otro medio legal, lo único estrictamente necesario es que tenga su inspección técnica en vigor y en caso de no tener tarjeta ITV, se tramitaría como un Duplicado por Extravío.
  • Si la baja es definitiva, previamente el cliente ha de solicitar el Duplicado por Rehabilitación. Con la matrícula del vehículo, ITV-LS solicita al Archivo Provincial de Industria, o de Agricultura en su caso, de la provincia donde se ha matriculado el vehículo los antecedentes del vehículo. Una vez recibidos, ITV-LS avisa al cliente para que vuelva con el vehículo a pasar la inspección para la expedición de tarjeta ITV correspondiente.

La documentación a presentar por el cliente es:

  • Oficio de rehabilitación que es la Autorización de la Jefatura Provincial de Tráfico que permite la rehabilitación del vehículo.
  • Permiso de circulación o en su defecto: Fotocopia debidamente cotejada del permiso de circulación, Nota simple de antecedentes emitida por la Jefatura Provincial de Tráfico ó Consulta en el Registro de la Jefatura Central de Tráfico (ya explicado).
5. Duplicado por Cambio de Matrícula

Un cliente puede solicitar una expedición de tarjeta de ITV por cambio de matrícula si se da alguno de los siguientes casos:

  • Cambio de matrícula por cambio de titularidad del adquiriente de un vehículo en cuya matrícula figuren las siglas de la provincia donde se matriculó, siempre que tenga su domicilio en provincia distinta de aquella.
  • Cambio de matrícula cuando el titular del vehículo en cuya matrícula figuren siglas provinciales realice un cambio de domicilio a provincia distinta.

En caso de que el cliente no disponga de tarjeta ITV, previamente ha de solicitar a ITV-LS el Duplicado. Con la matrícula del vehículo, ITV-LS solicita al Archivo Provincial de Industria, o de Agricultura en su caso, de la provincia donde se ha matriculado el vehículo, los antecedentes del vehículo. Una vez recibidos, ITV-LS avisa al cliente para que vuelva con el vehículo a pasar la inspección para la expedición de tarjeta ITV correspondiente.

La documentación a presentar por el cliente es:

  • Tarjeta ITV original
  • Permiso de circulación o en su defecto: Fotocopia debidamente cotejada del permiso de circulación, Nota simple de antecedentes emitida por la Jefatura Provincial de Tráfico ó Consulta en el Registro de la Jefatura Central de Tráfico (ya explicado).
  • Certificado de empadronamiento, para justificar el cambio de provincia del propietario.
  • Factura de compraventa.
6. Duplicado por Subsanación de errores

En toda tarjeta de inspección técnica que presente errores y que no se puedan subsanar mediante anotación en la tarjeta ITV original es necesario realizar un duplicado por subsanación de errores de la misma.

Normalmente este tipo de duplicado se realiza por falta de espacio físico en la ficha original o porque la anotación en la misma haría que la información contenida diera lugar a interpretaciones erróneas.

El documento emitido por el emisor de la tarjeta que detalle el error y la corrección, puede ser aportado por el cliente, o bien puede ser gestionado por ITV-LS en caso que emita la tarjeta ITV una estación ITV. Si ha sido gestionado por ITV-LS, una vez recibidos, se avisa al cliente para que vuelva con el vehículo a pasar la inspección para la expedición de tarjeta ITV correspondiente.

La documentación a presentar por el cliente es:

  • Tarjeta ITV original que será guardada en el expediente.
  • Permiso de circulación o en su defecto: Fotocopia debidamente cotejada del permiso de circulación,  Nota simple de antecedentes emitida por la Jefatura Provincial de Tráfico ó Consulta en el Registro de la Jefatura Central de Tráfico (ya explicado).
  • Documento del emisor de la tarjeta ITV con el error y la corrección.
7. Duplicado por Reforma

Este tipo de duplicado se realiza si al legalizar una reforma en un vehículo, la cantidad de nuevos datos técnicos originados en el vehículo como consecuencia de dicha reforma es tal que hace imposible la anotación en la ficha original porque de hacerlo dicha ficha quedaría prácticamente ilegible.

La documentación a presentar por el cliente es la que corresponde a la reforma en cuestión.

Se anotarán en los apartados correspondientes de la ficha técnica los nuevos datos con los cuales queda el vehículo tras la reforma. También se indicará en el campo correspondiente “Duplicado por Reforma”.

8. Duplicado por Canje

A los tractores y maquinaria agrícola matriculados con anterioridad a 1986 que cumplan las disposiciones de seguridad vial se les dotará de la tarjeta ITV (en caso de que tenerla emitida por la Consejería de Agricultura) por las estaciones ITV, ya sea por presentación del certificado de fabricación expedido por el fabricante, de donde se obtendrán los datos técnicos, o por comprobación técnica de la estación ITV donde se presente el vehículo.

Aquellos vehículos agrícolas que por su construcción o uso no cumplan con los requisitos exigidos para la circulación por carretera podrán adaptar los mismos a las disposiciones vigentes o de lo contrario serán calificados por la estación ITV como no aptos para circular, pasando nota de esta circunstancia a la Jefatura Provincial o Local de Tráfico.

La documentación a presentar por el cliente es:

  • Documentación del tractor o maquinaria agrícola obtenido de los Servicios de Agricultura de la provincia donde se matriculó el vehículo
  • Permiso de circulación o en su defecto: Fotocopia debidamente cotejada del permiso de circulación, Nota simple de antecedentes emitida por la Jefatura Provincial de Tráfico o Consulta en el Registro de la Jefatura Central de Tráfico (ya explicado).
9. Duplicado de tarjetas ITV de remolques y caravanas cuya MMA sea inferior o igual a 750 kg

La documentación necesaria para realizar un duplicado dependerá de la fecha de matriculación:

  1. Fabricados antes del 27 de septiembre de 1986.
  • Certificado de arrastre emitido por el órgano competente en materia de Tráfico. En caso contrario únicamente podrá expedirse la tarjeta ITV previa obtención de una homologación individual expedida por la autoridad de homologación.
  • Se aportará ficha reducida particularizada para el remolque.
  1. Fabricados entre el 27 de septiembre de 1986 y el 15 de mayo de 1998.
  • El remolque debe estar homologado (contraseñas RL o CR).
  • Se aportará ficha reducida particularizada del remolque.
  • Si el vehículo estuviera reformado se tramitará la correspondiente reforma según el RD866/2010 de 2 de julio.
  • No se admite homologación individual.
  1. Fabricados después del 15 de mayo de 1998
  • El remolque debe estar homologado con contraseñas RL o CR hasta el 29 de octubre de 2012 y a partir de esta fecha deberá estar homologado con contraseña europea.
  • Se aportará ficha reducida particularizada para el vehículo o COC (según proceda).

 

‐ Si el vehículo estuviera reformado se tramitará la correspondiente reforma según el

RD866/2010 de 2 de julio.

 

‐ No se admite homologación individual.